La Ley 56 de 2017 fue promulgada el 12 de julio de 2017 con el objetivo de garantizar a las mujeres el derecho al acceso y a la participación activa en el proceso de toma de decisiones de entidades públicas y privadas en Panamá.
La Ley establece un mínimo de 30% de participación de mujeres en las juntas directivas de las instituciones del Gobierno Central, empresas públicas, de capital mixto, intermediarios financieros y empresas reguladas por éstos.
Este porcentaje de participación se aplica por etapas, conforme deban realizarse nuevos nombramientos:
1a etapa - 1 año después de sancionada la Ley - mínimo de 10%
2a etapa - 2 años de vigencia - 20%
3a etapa - 3 años de vigencia - 30%
Mediante Decreto Ejecutivo 241-A de 11 de julio de 2018 se reglamenta la Ley 56 de 2017 y se reafirma que las empresas reguladas por los entes de fiscalización financiera (Superintendencia de Bancos, Superintendencia del Mercado de Valores, Superintendencia de Seguros y Reaseguros y el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo) están obligados a designar mujeres profesionales, en base a su experiencia, trayectoria y demás características afines.
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